<%@ Language=VBScript%> <%Option Explicit%> charter nautico en galicia. alquiler de embarcaciones a motor y vela. Kurotan
En Kurotán disponemos de las instalaciones necesarias para impartir titulaciones Náutico Deportivas, con tres aulas situadas en la Aldea Comercial de La Isla de La Toja.
Unas aulas totalmente equipadas con la tecnología e instrumentación para facilitar el aprendizaje y método de estudio.

Las clases serán impartidas por un capitán de la Marina Mercante y un capitán de Yate licenciado en matemáticas.
Para facilitar el aprendizaje y conocimientos teóricos, disponemos para el alumnado de un simulador de navegación, el cual, nos permitirá realizar una navegación con todas las características e instrumentación como si se tratase de una embarcación real.

ATRIBUCIONES DE LOS NUEVOS TITULOS DE RECREO

Autorización Federativa Vela o Motor (Titulín): Gobierno de embarcaciones de hasta 6 metros de eslora y 40 KW, en navegación con luz diurna y hasta 4 millas de un lugar abrigado en cualquier dirección o áreas delimitadas por la Capitanía Marítima.

Patrón para Navegación Básica:
A) Atribuciones: Gobierno de embarcaciones de recreo de hasta 8 metros de eslora si son de vela y de hasta 6 metros si son de motor, con la potencia de motor adecuada a la misma, en la cual la embarcación no se aleje más de 4 millas , en cualquier dirección, de un abrigo o playa accesible.
B) Condiciones:
B.1 Aprobar el examen teórico correspondiente.
B.2 Aprobar el examen práctico o acreditar la realización de las prácticas básicas de seguridad y de navegación de al menos 4 horas.

Patrón de Embarcaciones de Recreo:
A) Atribuciones: Gobierno de embarcaciones de recreo a motor o motor y vela de hasta 12 metros de eslora y potencia de motor adecuada, para la navegación que se efectúe en la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 12 millas, así como la navegación interinsular en los archipiélagos balear y canario.
B) Condiciones:
B.1 Aprobar el examen teórico correspondiente.
B.2 Aprobar el examen práctico o acreditar la realización de las prácticas básicas de seguridad y de navegación , de al menos 3 días y cuatro horas de duración mínima cada día.

Patrón de Yate:
A) Atribuciones: Gobierno de embarcaciones de recreo a motor o motor y vela de hasta 20 metros de eslora y una potencia de motor adecuada, para la navegación que se efectúe en la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 60 millas.
B) Condiciones:
B.1 Estar en posesión del título de Patrón de Embarcaciones de Recreo.
B.2 Aprobar el examen teórico correspondiente.
B.3 Aprobar el examen práctico o acreditar la realización de las prácticas básicas de seguridad y de navegación, de al menos cuatro días y cinco horas de duración mínima cada día. Un día de los cuales deberá ser de práctica de navegación nocturna.

Capitán de Yate:
A) Atribuciones: Gobierno de embarcaciones de recreo a motor o motor y vela para la navegación sin límite alguno, cualquiera que sea la potencia del motor y las características de la embarcación. Sin embargo, las que tengan una eslora superior a 24 metros se ajustarán a las normas de seguridad específicamente establecidas para las mismas.
B) Condiciones:
B.1 Estar en posesión del título de Patrón de Yate.
B.2 Aprobar el examen teórico correspondiente.
B.3 Aprobar el examen práctico o acreditar la realización de las prácticas básicas de seguridad y de navegación, de al menos cinco días y cuatro horas de duración mínima cada día. Un día de los cuales deberá ser de práctica de navegación nocturna.

Navegación sin necesidad de título:
Las embarcaciones a motor con una potencia máxima de 10 KW y de hasta 4 metros de eslora y las de vela de hasta 5 metros de eslora no necesitarán los títulos enunciados anteriormente, pero sólo podrán navegar durante el día en las zonas delimitadas por la Capitanía Marítima, que en ningún caso podrán ser superiores a las correspondientes al título de Patrón para Navegación Básica.

Titulados de la Unión Europea:
La Dirección General de la Marina Mercante podrá autorizar, para el gobierno de embarcaciones de recreo de pabellón español, a aquellas personas que, sin haber obtenido un título nacional, acrediten hallarse en posesión de un título análogo obtenido en un Estado de la Unión Europea, en función de los requisitos necesarios para su obtención.